miércoles, 14 de mayo de 2008

EL PROBLEMA CON ROER INTERNATIONAL SA

El fin de este escrito es explicar tanto la situación actual entre nosotros (Mark y Simon), como así también la de los otros accionistas de Roer International SA (Rodolfo y Ernesto).

La intención de este blog es la de comunicar acerca de la situación actual, la cual lamentablemente tendrá un impacto en todos nosotros, como así también mantenerlos informados respecto del desarrollo de los hechos. No es nuestro deseo hacer de esto un relato emocional ni expresar nuestras opiniones personales, por el contrario, remitirnos simplemente a los hechos respaldados por documentos legales.

Confíamos en vuestra capacidad para que saquen sus propias conclusiones.

HISTORIA DE LA SITUACION

Desafortunadamente durante la última parte del año 2006, comenzamos a tener opiniones encontradas acerca de cómo conducir el negocio.

Como consecuencia Ernesto y Rodolfo expresaron su intención de comprarnos el 50% de nuestro paquete accionario. Abiertos a dicha propuesta hemos solicitado una auditoria de compra para ser llevada a cabo por un contador independiente para sí determinar un valor adecuado para la venta de nuestras acciones. Rodolfo y Ernesto se negaron a proporcionarnos la documentación legal necesaria para realizar la citada auditoria. Advirtiendo la postura que tomaron frente al caso apelamos a buscar asesoramiento legal para ejercer nuestros derechos como accionistas. Como resultado de dicha consulta nos encontramos con novedades desagradables.

Alrededor de nueves meses antes, Ernesto y Rodolfo habían convocado una asamblea extraordinaria de accionistas, con el fin de aumentar el capital social de Roer International SA. Lo hicieron mediante un mecanismo contrario a derecho, es decir en violación a la ley de sociedades argentina, y sin cumplir con los recaudos necesarios para la participación del resto de los accionistas en el aumento de capital pretendido. De esta forma procedieron a disminuir nuestra participación accionaria a menos de un 16% incrementando la de ellos a un 84%. Esta estrategia, por parte de ellos, fue realizada con la intención no sólo de engañarnos sino también para conseguir el control absoluto de la compañía. Haciendo omisión a la verdadera situación, continuaban negociando con nosotros la compra/venta del “50%” de las acciones, sabiendo que sólo contábamos legalmente con el 16%.

Llegado a estas instancias es notoria la diferencia en la forma de conducirse de Ernesto y Rodolfo respecto de nuestro comportamiento y deseo de manejo del negocio. Por consiguiente y de acuerdo al consejo de nuestros abogados Covenco retiró todo tipo de respaldo a Roer International SA.

En un corto plazo se desarrolló una extensa batalla legal la que concluyó en una traba de una medida cautelar cuya sentencia fue la restitución de nuestro 50% accionario, la cual pende aún de la resolución definitiva de un juicio. Ustedes recordaran un período algún tiempo atrás en el que fueron instruidos en “no abrir la puerta a ningún desconocido”. Esto fue debido a que Ernesto y Rodolfo se rehusaban a recibir las notificaciones judiciales. Para demostrar la veracidad de nuestras palabras les adjuntamos la documentación legal emitida por el juzgado.

MANDAMIENTO JUDICIAL CONTRA ROER INTERNATIONAL SA

El Señor Oficial de Justicia de la zona que corresponda se constituirá en el domicilio de ROER INTERNATIONAL , S.A., sito en la Avenida Alicia Moreau de Justo 1780, piso 1°, departamento “E” de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y le notificará que en los autos caratulados: “O’ CONNELL, SIMON Y OTRO C/ ROER INTERNATIONAL, S.A. S/ Medida Cautelar” (Expte N°093501), que tramitan por ante este Juzgado Nacional de 1° Instancia en lo Comercial N° 13, Secretaría N° 25, con sede en la calle Marcelo T. De Alvear 1840, 4° Piso de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se ha ordenado la traba de la medida cautelar de no innovar solicitada por la actora, decretándose en consecuencia la suspensión preventiva del punto 2) de la resolución adoptada en Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la firma ROER INTERNATIONAL, S.A., celebrada el 20/03/06, debiendo acreditarse en autos la correspondiente anotación en el libro de registro de acciones de la Sociedad, de la cancelación de las acciones emitidas como consecuencia del aumento de capital resuelto con fecha 20/03/2006.

El auto que ordena la presente, en su parte pertinente, dice: “Buenos Aires, 18 de septiembre de 2007. Por presentados, por parte en el carácter invocado y por constituido el domicilio legal indicado… En consecuencia, decrétese la suspensión preventiva del punto 2) de la resolución adoptada en Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la firma ROER INTERNATIONAL S.A. celebrada el 20/03/06... Por todo ello, Resuelvo: a) Hacer lugar a la medida cautelar innovativa recabada… Fdo. Alejandra N. Tévez. JUEZ” Hay otro auto que dice en su parte pertinente: “Buenos Aires, 22 de noviembre de 2007… Ello así, y a fin de efectivizar la medida cautelar ordenada en autos, líbrese oficio en la forma solicitada. – Fdo. Alejandra N. Tévez. JUEZ”. Hay otro auto que dice en su parte pertinente: “Buenos Aires, 10 de diciembre de 2007. Atento a los extremos invocados, y a fin de hacer efectiva la medida cautelar dispuesta en autos, líbrese mandamiento autorizando al Oficial de Justicia para utilizar el auxilio de la fuerza pública y allanar domicilio sólo en caso de ser necesario. Fdo. Alejandra N. Tévez. JUEZ”.

Queda autorizado el Señor Oficial de Justicia para allanar domicilios con el auxilio de la fuerza pública si fuera menester. (art. 214 CPC).

Los Dres. Agustín Pérez Maraviglia y Guillermo José Bellouard y/o quienes ellos designen, se encuentran indistintamente facultados para intervenir en el diligenciamiento del presente.

DADO, Sellado y Firmado en la ciudad de Buenos Aires, en diciembre de 2007.

SITUACION ACTUAL

Actualmente, como se puede conferir de los documentos legales adjuntos, se nos ha restituido, momentáneamente, el 50% del paquete accionario que aún depende de la decisión del juez en el juicio llevado a cabo al respecto. Antes de que el juicio comenzase entramos en un período de mediación, el cual tenía como fin intentar encontrar una solución. Fue entonces cuando tratamos de determinar un valor aproximado de nuestras acciones pero aún así Rodolfo y Ernesto se negaron a darnos accesos a la información legal/contable para realizar la auditoria. Esto es por sí mismo ilegal. Desde esa posición pretendieron comprar nuestra participación en la compañía, mediante una absurda oferta que ni siquiera llegaba a cubrir el monto de las utilidades devengadas y no distribuidas, es decir: el dinero que ellos tienen y es nuestro.

Dimos por terminadas las conversaciones, frente a la pérdida de tiempo que implicaba negociar precio de venta que no tenía ninguna relación con las cifras del balance de la empresa que ellos mismos nos entregaron. Una nueva burla y pérdida de tiempo.

Entonces decidimos mantener nuestra inversión en la empresa y colocar un representante nuestro en el Directorio de Roer International SA. Fue entonces cuando Rodolfo y Ernesto intentaron contactarnos nuevamente, pero en lugar de hacerlo a través de nuestros abogados, eligieron realizarlo a través de Alex Comeford. Durante dos conversaciones vía MSN Alex nos alertó acerca de lo que sucedería sino no aceptábamos la oferta de ellos, aclarando además la intención de Rodolfo y Ernesto de vaciar económicamente la compañía. Lo que no fue especificado era lo que sucedería con el staff bajo dichas circunstancias, seguramente inferimos que es lo mismo que ustedes se estarán preguntando.

Esta misma incertidumbre, tal vez, es la que estarán sintiendo también los clientes y proveedores de Roer International SA.

EL FUTURO

Estamos trabajando tan rápido como la ley nos lo permite para designar un Contador como integrante del Directorio antes de que Rodolfo y Ernesto destruyan la compañía por completo. No obstante, creemos que ellos intentarán transferir los contratos actuales de Roer a una empresa de su propiedad. Infotecnia sería la probable designada (supongo que a estas alturas todos conocen la relación con Infotecnia). Rodolfo y Ernesto son los Directores de Roer y como tales les compete actuar a favor de los intereses de la compañía, y no hacerlo en interés contrario al interés social. Evidentemente, deberán enfrentar la acción judicial por responsabilidad de los directores, frente a las acciones que han venido llevando a cabo hasta aquí.

Estamos comprometidos a encontrar una solución y a continuar realizando negocios en el mercado Argentino. Por lo tanto nos gustaría contar con vuestro apoyo, si se sienten solidarios frente a la situación apreciaremos cualquier información que pueda ayudarnos a encontrar una solución para proteger la compañía. Dicha información será manejada con ABSOLUTA CONFIDENCIALIDAD y estaremos gustosos de compensar económicamente cualquier tipo de información valiosa al respecto.

Estamos interesados particularmente en la siguiente información:
  1. Transacciones y/o información relacionada con la compañía Infotecnia.
  2. Transacciones y/o información relacionada con la compañía Resolve.
  3. Transacciones y/o información relacionada con la compañía Grupo Cuatro..
  4. Razón social y detalle del estudio de contadores que manejan los libros.
  5. Detalle de cualquier proveedor nuevo estadounidense.
  6. Transacciones y/o información relacionadas con las cuentas bancarias estadounidenses de titularidad de los Sres. Fernandez y Rodriguez, y/o de sus parientes cercanos.

Sean libres de contactarnos anónimamente si así Uds. lo desean. Les aseguramos que haremos nuestro máximo esfuerzo para proteger, si se maneja adecuadamente, lo que sería una gran empresa.

Actualizaremos este blog tan pronto como los hechos se desarrollen, por lo tanto podrán chequearlo con frecuencia.

Les agradecemos con antelación vuestra colaboración. Les saludan atentamente.

Mark y Simon

martes, 13 de mayo de 2008